| El 18 de octubre de 2000, Pere Camprubí García,
decano del Colegio Oficial de Biólogos (COB) y Lourdes Picó,
delegada en las Illes Balears del COB, hicieron entrega a Jaume Matas i
Palou, ministro de Medio Ambiente, del informe adjunto.
En la elaboración del mismo han podido participar todos los Colegios de Biólogos, pero el COB desea agradecer especialmente su colaboración a las siguientes personas: Carolina Vara (COBCyL), Elías Casado (COBA), Jaime Martínez-Lage (COB Navarra), Joan Rita (COB Balears), Jorge Abad (COB Aragón), Jorge de Costa (COB Murcia), Juan Luis Jara (CBC, aunque dada la relación personal con Pere Camprubí i García, fue el decano del COB quien entró en contacto con él), Ramón Ortega (COBCyL), COB Canarias y COB Castilla-La Mancha. |
1. Los biólogos en la Relación de Puestos de Trabajo del Ministerio de Medio Ambiente
El análisis de la Relación de Puestos de
Trabajo del Ministerio de Medio Ambiente muestra un claro avance en la
implantación del concepto de "interprofesionalidad" y, por tanto,
del reconocimiento que una misma tarea puede ser desempeñada por
profesionales de diferentes titulaciones académicas.
En este informe se distinguen dos situaciones:
- Plazas de acceso abierto a todas la titualciones
La gran mayoría de empleos relacionados en la vigente
Relación de Puestos de Trabajo del Ministerio de Medio Ambiente
está abierta a todas las titulaciones académicas, sin más
especificación, en algunos casos, de determinadas exigencias de
formación específica para el empleo de referencia.
Se trata ahora de que este planteamiento se lleve efectivamente
a la práctica, puesto que, por lo que concierne a los licenciados
en Biología cabe esperar que en un ministerio como el de Medio Ambiente
haya más empleos cubiertos por estos licenciados. Por lo que respecta
a las jefaturas, la ausencia de licenciados en Biología aún
es más notoria.
- Plazas de acceso restringido a determinadas titulaciones
No obstante la tónica general descrita en el apartado
anterior, hay un número importante de empleos que están restringidos
a determinadas titulaciones técnicas, sin que otros titulados universitarios
superiores, como los licenciados en Biología, puedan acceder a ellos.
En algunos casos muy específicos, este planteamiento
restrictivo parece razonable. Sin embargo, no en todas estas situaciones
parece lógico mantener la referida restricción Colegio
Oficial de Biólogos considera que algunos de dichos puestos de trabajo
deben abrirse a más titulaciones académicas.
En este informe sólo se fijará la atención
en las que la solicitada apertura afecta a los licenciados en Biología,
lo que no quiere decir que no haya posibilidades lógicas y
razonables de apertura en otros puestos de trabajo distintos de los que
seguidamente se relacionan.
Antes de entrar en la concreción que exige cualquier
propuesta seria y meditada, conviene señalar los criterios con los
que ésta se ha hecho:
1. Funciones de la profesión de biólogo,
contenidas en el artículo 15 de los estatutos del Colegio Oficial
de Biólogos, aprobados mediante el Real Decreto 693/1996, de 26
de abril (BOE de 23 de mayo de 1996, con corrección de errores en
BOE de 9 de agosto de 1996) y refrendado mediante sentencias del Tribunal
Supremo de 15 de julio de 1998 y de 23 de marzo de 1999.
Estas funciones son:
a) Estudio, identificación y clasificación
de los organismos vivos, así como sus restos y señales de
actividad.
b) Investigación, desarrollo y control de procesos
biológicos industriales (Biotecnología).
c) Producción, transformación, manipulación,
conservación, identificación y control de calidad de materiales
de origen biológico.
d) Identificación, estudio y control de los agentes
biológicos que afectan a la conservación de toda clase de
materiales y productos.
e) Estudios biológicos y control de la acción
de los productos químicos y biológicos de utilización
en la sanidad, agricultura, industria y servicios.
f) Identificación y estudio de agentes patógenos
y de sus productos tóxicos. Control de infecciones y plagas.
g) Producción, transformación, control
y conservación de alimentos.
h) Estudios y análisis físicos, bioquímicos,
citológicos, histológicos, microbiológicos, inmunobiológicos
de muestras biológicas, incluidas las de origen humano.
i) Estudios demográficos y epidemiológicos.
j) Consejo genético y planificación familiar.
k) Educación sanitaria y medioambiental.
l) Planificación y explotación racional
de los recursos naturales renovables, terrestres y marítimos.
m) Análisis biológicos, control y depuración
de las aguas.
n) Aspectos ecológicos y conservación de
la naturaleza. Aspectos ecológicos de la ordenación del territorio.
ñ) Organización y gerencia de espacios
naturales protegidos, parques zoológicos, jardines botánicos
y museos de Ciencias Naturales. Biología recreativa.
o) Estudios, análisis y tratamiento de la contaminación
industrial, agrícola y urbana. Estudios sobre Biología e
impacto ambiental.
p) Enseñanza de la Biología en los términos
establecidos por la legislación educativa.
q) Asesoramiento científico y técnico sobre
temas biológicos.
r) Todas aquellas actividades que guarden relación
con la Biología.
2. Competencia profesional de los biólogos en
la realización y ejecución de proyectos, recogida en
el artículo 17 de los citados Estatutos colegiales y refrendada
por sentencia del Tribunal Supremo de 17 de marzo de 1999, por la
que se desestima el recurso interpuesto por los colegios de Ingenieros
de Montes y de Técnicos Forestales.
En materia de proyectos, se ha tenido en cuenta que ninguna
titulación académica forma en todas y cada una de las materias
cuyo desarrollo requiere la realización y ejecución de un
proyecto. Dicho en otras palabras, negar que un licenciado en Biología
pueda ser jefe de una unidad de proyectos en los que intervienen parcialmente
aspectos relativos a obra civil es tan erróneo como negar que un
ingeniero pueda dirigir esa misma unidad, por el hecho de que los referidos
proyectos también contemplen aspectos directamente relacionados
con los seres vivos y los ecosistemas.
3. Comparación entre puestos de trabajo análogos o idénticos de la propia Relación de Puestos de Trabajo del Ministerio de Medio Ambiente, en los que en uno de ellos se admite a licenciados en Biología y en el otro no.
Se adjunta la relación de estos puestos de trabajo (excel), que es el resultado del análisis realizado de acuerdo con los criterios que se acaban de exponer, que sirven de justificación por la que el Colegio Oficial de Biólogos considera que sus titulados deben poder acceder a dichos puestos de trabajo.
CONCLUSIÓN
El Colegio Oficial de Biólogos
considera necesario que la política de personal del Ministerio de
Medio Ambiente esté regida por el principio de interprofesionalidad,
lo que significa:
1. Actualizar la relación
de Puestos de Trabajo del Ministerio de Medio Ambiente, de acuerdo con
los criterios aquí expuestos.
2. Hacer efectiva la presencia
de licenciados en Biología en la plantilla orgánica de este
ministerio, lo que significa utilizar los mecanismos de acceso a la función
pública que permitan a aquellos titulados poder competir con otros
titulados de diferente formación académica.
2. La participación de los biólogos en los órganos consultivos del Ministerio de Medio Ambiente
En la actualidad, el Ministerio de Medio Ambiente ha creado
los siguientes órganos consultivos:
- Consejo Nacional del Agua (Real Decreto 927/1988, de
29 de julio, y normas que establecen su composición).
- Consejo Asesor de Medio Ambiente (Real Decreto 224/1994,
de 14 de febrero, y normas que lo modifican).
- Consejo Nacional de Bosques (Real Decreto 203/2000,
de 11 de febrero).
De estos, los biólogos solamente hemos sido llamados
por el Ministerio de Medio Ambiente a formar parte del Consejo Nacional
de Bosques, órgano que aún no ha tenido su reunión
constitutiva.
Respecto de los dos primeros órganos consultivos,
hacemos las siguientes consideraciones.
Consejo Nacional del Agua
En este órgano consultivo están representados
organismos de la Administración General del Estado y de las Comunidades
Autónomas, así como organizaciones profesionales y económicas
más representativas en relación a los distintos usos del
agua.
Pues bien, en lo que concierne a los organismos profesionales
y sociales (cámaras de Comercio, Industria y Navegación,
sindicatos agrarios, organizaciones empresariales, …) no está prevista
la participación de la representación de los profesionales
competentes en la materia, por lo que los biólogos no tenemos representación
en este órgano consultivo.
La participación de una representación
de la profesión de biólogo en este organismo consultivo es
de creciente importancia, toda vez que las directrices comunitarias sobre
el agua hacen mención específica a los indicadores biológicos
de la calidad del agua. Es innegable que los licenciados en Biología
son los profesionales más indicados para la determinación
y seguimiento de este tipo de parámetros.
Además, cada vez es más evidente que los
recursos hídricos son elementos indispensables para el mantenimiento
de la biodiversidad y para la conservación de los ecosistemas de
zonas húmedas; desde este punto de vista, también hay que
admitir que los biólogos son los profesionales más competentes
para hacer su seguimiento.
Consejo Asesor de Medio Ambiente
Este órgano consultivo tiene como meta favorecer
la participación de las organizaciones representativas de los distintos
intereses sociales en la elaboración de políticas ambientales.
Este consejo pretende ser lugar de encuentro de las diferentes inquietudes
ambientales de la Sociedad y de todos los sectores económicos y
sociales que la componen.
Pues bien, en este organismo tampoco hay representación
alguna de las organizaciones representativas de las profesiones relacionadas
directamente con el Medio Ambiente, entre las que se encuentra la profesión
de biólogo.
La representación que se reclama puede canalizarse,
de manera alternativa, a través de un órgano consultivo que
agrupe exclusivamente a representantes de las profesiones relacionadas
directamente con el Medio Ambiente, entre las que se encuentra la profesión
de biólogo.
CONCLUSIÓN
El Colegio Oficial de Biólogos
considera necesario que la profesión de biólogo esté
presente en todos los órganos consultivos del Ministerio de Medio
Ambiente, dado que nuestra profesión es una profesión ambiental
por excelencia.
3. Las confederaciones hidrológicas deben reforzar sus unidades de protección ambiental
Las Confederaciones Hidrográficas son organismos
cuya finalidad es la gestión de las aguas continentales.
El agua es uno de los elementos ambientales más
importantes, tanto desde el punto de vista social como para la conservación
de la biodiversidad.
En la actualidad, las Confederaciones Hidrográficas
tienen mecanismos de control químico de la calidad del agua, mientras
que los aspectos de calidad biológica de este elemento son
prácticamente inexistentes.
Además, las Confederaciones Hidrográficas
invierten sumas importantes de recursos públicos en la elaboración
de Estudios de Impacto Ambiental y en la aplicación de las correspondientes
medidas correctoras de los impactos que se producen en su ámbito
territorial y competencial. Se detecta una falta de personal cualificado
para hacer el correspondiente seguimiento de la calidad de aquellos estudios
y de la bondad de estas medidas, por lo que se hace difícil conocer
la eficacia de las inversiones efectuadas.
Esta reflexión también es válida
cuando se contemplan sus relaciones con los administrados, puesto que en
muchas ocasiones las autorizaciones dadas por estos organismos hidráulicos
están hechas sin tener un mínimo conocimiento de los impactos
ambientales en el ecosistema fluvial de la autorizaciones concedidas.
CONCLUSIÓN
El Colegio Oficial de Biólogos
considera necesario que el Ministerio de Medio Ambiente cree unidades de
Protección
Ambiental en el seno de las Confederaciones Hidrográficas, con
suficiente dotación de recursos humanos y técnicos para llevar
a cabo su labor con eficacia.
4. Los biólogos somos competentes en todos los ámbitos profesionales forestales
La realidad del ejercicio profesionales en el ámbito
forestal muestra una presencia cada vez mayor de titulados de formaciones
académicas muy diversas.
Este hecho es incuestionable en lo que respecta a la
realización de proyectos de gestión cinegética, de
repoblaciones forestales, de hidrología forestal, de Evaluación
de Impacto Ambiental, de prevención y lucha contra incendios forestales.
Por lo que concierne a los biólogos, el Ministerio
de Medio Ambiente nos reconoce como profesionales con competencias en el
ámbito forestal, ya que:
- nos ha consultado nuestra opinión sobre el documento
La
Estrategia Forestal Nacional, y
- nos ha invitado a formar parte del Consejo Nacional
de Bosques.
Así pues, y aunque sea tímidamente, el
Ministerio de Medio Ambiente empieza a reconocer la competencia profesional
de los biólogos en materia forestal. Esta nueva posición
de la administración ambiental conviene que se vea reforzada, puesto
que la formación académica recibida por los licenciados en
Biología les hace muy adecuados para tener en cuenta los efectos
de la gestión forestal en el mantenimiento de la biodiversidad y
que ésta no está reñida con la rentabilidad de los
montes.
Por lo que respecta al refrendo legal que tiene la competencia
profesional de los biólogos en materia forestal, de nuevo hay que
referirse a lo establecido en el artículo 15 de los Estatutos del
Colegio Oficial de Biólogos (Real Decreto 639/1996, de 26 de abril),
citado en el capítulo 1 de este informe. En concreto, y por lo que
concierne a lo forestal, hay que tener en cuenta las funciones a), b),
c), d), e), f), h), k), l), m), n), ñ), o) y q).
CONCLUSIÓN
En aras a que la gestión
forestal también esté orientada al mantenimiento de la biodiversidad,
el Colegio Oficial de Biólogos considera necesario que el Ministerio
de Medio Ambiente refuerce su política de reconocimiento de la competencia
profesional de los biólogos en materia forestal.
5. Los estudios de Evaluación de Impacto Ambiental deben estar realizados por equipos interdisciplinares
La creciente demanda de calidad de los estudios de Evaluación
de Impacto Ambiental exige que estos trabajos estén efectuados de
manera real y efectiva por equipos que estén formados por
profesionales de formación académica diversa, con objeto
de abordar los problemas de que en cada caso se trate de la mejor manera
posible.
Muy recientemente, España ha traspuesto a nuestra
legislación la Directiva 97/11/CE que modifica la anterior directiva
sobre repercusiones de determinados proyectos públicos y privados
sobre el Medio Ambiente; este acto normativo lo ha hecho mediante el Real
Decreto-Ley 9/2000, de 6 de octubre, de modificación del Real Decreto
legislativo 1.302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto
Ambiental.
En primer lugar, y antes de cualquier otra consideración,
hay que felicitar al Ministerio de Medio Ambiente por haber formalizado
este avance en la protección de nuestro Medio Ambiente.
Además, conviene introducir nuevos elementos en
esta normativa, de tal manera que se refuercen las políticas preventivas
sobre el medio ambiente; en este sentido, hay que hacer notar que:
1- No hay referencia a evaluaciones estratégicas
ambientales, a aplicar a planes y programas globales, de tal manera que
la evaluación de impacto ambiental se desagrega proyecto a proyecto,
por lo que no se detectan las sinergias negativas que aquellos programas
o planes pudieran causar.
2- Tampoco se hace énfasis en la necesidad de
que los estudios de impacto ambiental sean elaborados por especialistas
competentes en las distintas materias que los conforman. Dicho de otra
manera, no ha de ser posible que un titulado sin formación naturalista
firme estudios de flora y fauna.
3- Se echa en falta la ausencia de referencia a la responsabilidad
civil de los distintos autores de cualquier estudio de impacto ambiental.
Tener en cuenta este aspecto ha de redundar en la calidad de este tipo
de estudios.
CONCLUSIÓN
El Colegio Oficial de Biólogos
considera necesario que la vigente normativa sobre estudios de Evaluación
de Impacto Ambiental se mejore en el sentido aquí indicado.
6. La equidad del Ministerio de Medio Ambiente ante los certámenes organizados por la sociedad civil
Cada año se llevan a cabo un importante número
de eventos relativos a los diferentes aspectos del medio ambiente.
Estos actos tienen formatos muy diversos (simposios,
congresos, mesas redondas, ferias, conferencias, mesas redondas, ...) y
son organizados por entidades de muy diversa naturaleza (administraciones
públicas, colegios profesionales, universidades, organizaciones
de carácter ecologista, asociaciones de vecinos, ...).
El Ministerio de Medio Ambiente sigue la política
de dar apoyo a todo tipo a certámenes ambientales, ya sea con soporte
económico, logístico e incluso institucional.
Por lo que respecta al Colegio Oficial de Biólogos,
el soporte recibido del Ministerio de Medio Ambiente ha sido muy desigual.
Para justificar esta afirmación, ello hay que referirse primero
a los congresos ambientales que este colegio profesional ha organizado,
que son:
CONCLUSIÓN
El Colegio Oficial de Biólogos
considera necesario que el Ministerio de Medio Ambiente otorgue el máximo
rango en el trato institucional a la profesión de biólogo,
así como que dé apoyo económico en la organización
de congresos, tal como hace en otros casos similares.
7. Invertir en Educación Ambiental para jóvenes es aportar por un futuro mejor
Por todos es conocida la importancia de la Educación
Ambiental para hacer posible un planeta habitable para nosotros y las futuras
generaciones.
También es sabido que hay un número importante
de programas de Educación Ambiental dirigidos a todos los segmentos
de población; estos programas están organizados por una inmensa
tipología de entidades, ya sean privadas o de las administraciones
públicas.
En este capítulo se quiere poner el acento en
lo que se refiere a la Educación Ambiental para los jóvenes,
sin que ello signifique ningún menoscabo para el resto de segmentos
de la población.
Se considera que lo más adecuado es que la Educación
Ambiental esté presente en la formación reglada de los jóvenes,
puesto que así nos aseguramos que los futuros ciudadanos de nuestro
país hayan recibido las mismas enseñanzas al respecto.
La próxima e inminente reforma de las Enseñanzas
Secundarias puede ser una buena ocasión para que el Ministerio de
Medio Ambiente plantee esta cuestión a la administración
educativa, de tal manera que se refuerce la presencia curricular de la
Educación Ambiental. Con ello se dará cumplimiento a un mandato
de la LOGSE que prácticamente ha quedado relegado a un segundo plano
en los vigentes planes de estudios de la Enseñanza Secundaria.
CONCLUSIÓN
Ante la próxima reforma
de la Enseñanza Secundaria, el Colegio Oficial de Biólogos
considera necesario que el Ministerio de Medio Ambiente impulse una mayor
presencia de la Educación Ambiental en los nuevos planes de estudios
de dicho nivel educativo.
8. El Plan Hidrológico Nacional
El hecho de que el Plan Hidrológico Nacional se
tramite en las Cortes Generales como un proyecto de ley es prueba de que
estamos ante una propuesta política.
No obstante, tampoco puede negarse que la propuesta de
cualquier plan hidrológico, sea del alcance que sea, requiere un
serio y profundo trabajo científico-técnico, que se concreta
en los correspondientes estudios de Evaluación de Impacto Ambiental
de los efectos de dicho plan.
Volviendo al concreto Plan Hidrológico Nacional
que recientemente ha presentado el Ministerio de Medio Ambiente, en este
momento sólo cabe decir que se está a la espera de conocer
los Estudios de Impacto Ambiental que deban hacerse en cada caso.
El Colegio Oficial de Biólogos está seguro
que el Ministerio de Medio Ambiente cumplirá los compromisos que
en materia de medio ambiente el Estado Español ha contraído
con organismos internacionales y en concreto con la Red Natura 2000 de
la Unión Europea, puesto que gran parte de los hábitats que
en ella se incluyen tienen mucho que ver con la gestión del agua.
CONCLUSIÓN
El Colegio Oficial de Biólogos
ofrece al Ministerio de Medio Ambiente su colaboración en la conformación
práctica del Plan Hidrológico Nacional.